Artículo 47. Jornada de trabajo de los funcionarios públicos.

TREBEP - Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015) - Un pódcast de Aprende la Ley

Artículo 47. Jornada de trabajo de los funcionarios públicos.Las Administraciones Públicas establecerán la jornada general y las especiales de trabajo de sus funcionarios públicos. La jornada de trabajo podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial.